Las Cooperativas:
La Cooperativa es una empresa de producción obtención, consumo o crédito de participación libre y democrática, conformada por personas que persiguen un objeto en común económico y social en donde la participación de cada socio en el beneficio , es determinado por el trabajo incorporado al objetivo común y no por la cantidad de dinero que haya aportado.
Las cooperativas a diferencia de las compañías anónimas es una sociedad de personas, no de capitales. Se fundamenta en la igualdad de derechos de sus integrantes en cuanto a la gestión social.
Diferencias entre las Sociedades Mercantiles y Las Sociedades Cooperativas-
Sociedades Mercantiles:
1- Limitada cantidad de accionistas.
2- El poder lo determina el numero de accionistas que se posean.
3- El Capital se fija en documentos constitutivos.
4- Los acciones son negociables y transferibles.
5- Las utilidades o ganancias se reparen según el numero de accionistas de cada socio.
Sociedades Cooperativas:
1- Se acepta cualquier cantidad de asociados.
2- Cada miembro tiene un solo voto independientemente de la cantidad de acciones que posea.
3- El Capital es indeterminado.
4- Las acciones son intransferibles y solo pueden ser negociadas entre cooperadores.
5- La ganancia se distribuye sobre la base de las operaciones y trabajo que el socio haya apostado.
Tipos de Cooperativas:
Se clasifican de acuerdo a la actividad para la cual fueron creadas.
v Cooperativas de Producción de Bienes y Servicios.
v Cooperativas de Consumo de Bienes y Servicios.
v Cooperativas Mixtas.
¿Que se debe conocer de las Cooperativas?
1- En primer lugar que estas son mecanismo de desarrollo social y cultural basadas en la doctrina del cooperativismo.
2- El tiempo que se lleva en conformar una cooperativa depende del desempeño y el tiempo de que dispongan las personas que la conforman.
3- Los ciudadanos interesados en agruparse en cooperativas se deben capacitar a nivel educativo, a través de los talleres de cooperativismo.
4- La Ley permite que cualquier persona conforme una cooperativa.
La Asamblea Constitutiva es la primera reunión formal en la que se levantara el Acta Constitutiva y que debe contener la siguiente información.
1- Denominación, duración y domicilio.
2- Determinación del objeto Social.
3- Régimen de responsabilidad, limitado o suplementado y sus alcances.
4- Condiciones de ingreso de los asociados, sus derechos y obligaciones, perdida del carácter de asociado y suspensión y exclusión.
5- Forma de obligación de las cooperativa y normas para su funcionamiento,
coordinación y control.
6- Las normas para establecer la representación Legal, Jurídica y extrajudicial.
7- Modalidad y toma de decisión. Entre otras.
Los Socios de una cooperativa deben reunir las siguientes condiciones.
v Motivación propia y libre de incorporarse a la cooperativa.
v Ser Mayor de 18 años.
v Estar en capacidad de recibir los servicios de la cooperativa.
v Tener disposición de participación en las actividades operativas y administrativas de la cooperativa.
v Aceptar y cumplir los reglamentos.
v Acatar las decisiones debidamente aprobadas por la Asamblea General de Socios.
martes, 16 de octubre de 2007
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
No hay comentarios:
Publicar un comentario